
Es un contrato de carácter mercantil en virtud del que se concede un límite de disponibilidad de crédito en función de una garantía y según unas condiciones determinadas.
Su operativa es idéntica a la de una cuenta corriente, admite todo tipo de cargos y abonos, en el que la disponibilidad de fondos no puede sobrepasar el límite concedido. Puede formalizarse sobre una cuenta corriente ya existente.
Ofrece financiación flexible para hacer frente a las necesidades cambiantes de tesorería generadas por la actividad habitual del negocio.
Se destina a la financiación del circulante, como por ejemplo:
Se trata de una operación que, por su finalidad, se formaliza a corto plazo, normalmente a un año